-
FOMENTO A LA MICROEMPRESA
FOMENTO A LA MICROEMPRESA: Está destinado para aquellos asociados que tienen en mente una idea de negocio y la quieren hacer realidad. Para acceder a ésta línea el asociado deberá certificar que ha participado en un programa de Fomento Empresarial y sustentar la viabilidad económica del proyecto. Además deberá contar con el 40% de capital propio y solicitar como crédito máximo el 60% restante.
-
VEHÍCULO
VEHÍCULO. Se entiende por crédito de Vehículo el préstamo otorgado al asociado destinado a la adquisición de vehículo de servicio público o particular. El objetivo de esta clase de crédito es facilitar a los asociados créditos para adquisición de vehículo para el mejoramiento personal y el de su familia en primer grado. Para el otorgamiento de éstos créditos además de los documentos generales que se mencionan en el presente reglamento se requerirán los certificados de tradición expedido por el tránsito municipal y el de la Sijin. De acuerdo a la destinación del crédito se adjuntarán los documentos correspondientes, así:
- VEHÍCULO NUEVO.
- Copia de Factura Pro-forma correspondiente o cotización de concesionario.
- Copia de la Tarjeta de propiedad del vehículo en donde conste la propiedad por parte del deudor y la tenencia a favor de Coobomberos cuando la garantía ofrecida sea el vehículo.
- VEHÍCULO USADO.
- Promesa de compra-venta autenticada del vehículo y certificados de tradición expedido por el transito municipal inferior a un mes y el de la Sijin.
- Peritaje de Concesionario.
- Copia de la Tarjeta de propiedad del vehículo en donde conste la propiedad por parte del deudor y la tenencia a favor de la Cooperativa cuando la garantía ofrecida sea el vehículo.
- VEHÍCULO NUEVO.
-
VIVIENDA
- VIVIENDA: El objetivo de esta clase de crédito es contribuir con los asociados en soluciones de vivienda para su mejoramiento personal y el de su familia. En todo caso los créditos otorgados por la línea de vivienda de la Cooperativa podrán ser clasificados como consumo o Vivienda según cumplan o no requisitos de la Ley 546 de 1999. Se podrán otorgar créditos de Vivienda al asociado una vez cada cinco años, de acuerdo con los siguientes requisitos:
- Destinación:
- Compra de Lote una vez cada 5 años.
- Construcción, Remodelación, Reparación de Vivienda o Mejora.
- Adquisición de Vivienda Nueva o Usada una vez cada 5 años.
- Pago o abono de Deuda con entidad Financiera y liberación de Gravamen Hipotecario.
- Gastos notariales y de registro.
- Documentación: De acuerdo a la modalidad del crédito se debe adjuntar los siguientes documentos:
Compra de Lote:
- Copia autenticada de la promesa de compra venta.
- Certificado de tradición actualizado, con fecha de expedición inferior a un mes.
- Paz y salvo de impuesto predial.
- Avalúo Comercial si se está ofreciendo como garantía el Lote (se podrá obviar cuando el monto del crédito no supere el 70% del valor del avalúo catastral).
Construcción o Mejora de Vivienda:
- Licencia de construcción o informe preliminar y posterior efectuado por un tercero designado por Coobomberos que presente concepto sobre el proyecto y correcta aplicación de los recursos. El valor correspondiente a la inspección previa y posterior será asumido por el solicitante y descontado o sumado al valor del crédito solicitado.
- Certificado de tradición actualizado, con fecha de expedición inferior a un mes.
- Contrato de mano de obra autenticado por notaria.
- Anexar Fotografías antes y después de realizar la construcción o mejora de la vivienda.
- Cotización de materiales.
Adquisición de Vivienda
- Certificado de tradición actualizado, con fecha de expedición inferior a un mes.
- Promesa de compraventa autenticada.
- Avalúo del inmueble, por Entidad inscrita a la Lonja de Propiedad Raíz, debidamente autorizada por Coobomberos si se está ofreciendo como garantía la vivienda (se podrá obviar cuando el monto del crédito no supere el 70% del valor del avalúo catastral).
- Paz y Salvo Predial.
- Licencia de construcción de la Constructora, si es compra de vivienda sobre planos.
- Estudio de Títulos efectuado por profesional idóneo debidamente autorizado por Coobomberos, el cual deberá ser cancelado por el asociado.
Pagos o Abono a Deuda Hipotecaria con entidad financiera.
- Certificado de tradición actualizado, con fecha de expedición inferior a un mes
- Certificado de la deuda, expedido por la entidad respectiva, con fecha inferior a un mes.
Gastos de Notaria y Registro.
- Promesa de compraventa autenticada
- Constancia de la notaria y de la oficina de registro sobre el valor a pagar.
Pago de Impuestos sobre la propiedad.
- Certificado de tradición actualizado con fecha de expedición inferior a un mes
- Copia del pago del impuesto a pagar